P., M. J. c GCBA y otros sobre apelación – amparo – habitacionales y otros subsidios

Si bien el caso no se trata de uno que incluya supuestos específicos de la violencia de género, donde la mujer sea víctima de un varón violento que aproveche su posición de predominancia por sobre ella, para imponerle su voluntad, queda claro qué condiciones como las que se describen en el presente expediente, muestran claramente que muchas veces son las mujeres (pobres, a cargo de los cuidados, sin acceso al mercado laboral, ni a la vivienda digna, etc.) aquellas que reciben la inacción del Estado que debe proteger a las personas en estado de vulnerabilidad.

En este expediente se trata el acceso a una vivienda digna para una mujer que tiene a su cargo exclusivo una hija mayor de edad con discapacidad y dos hijos/as menores, que percibe una subsidio por la hija con discapacidad y accedió a un préstamo social para la comprar una unidad funcional en el barrio de Fátima, Villa Soldati, en la zona sur de la Ciudad de Buenos Aires.

La vivienda, como se ha podido probar, no cumplía con los requisitos necesarios para su habilitabilidad toda vez que tiene filtraciones, humedad, rajaduras, peligro de electrificación de sus muros, entre otros graves problemas estructurales, poniendo en riesgo a los habitantes de la casa. Los jueces entendieron, con una disidencia parcial, que el amparo debería ser procedente, el GCABA deberá hacerse cargo de los arreglos y de reubicar a la familia mientras duren las obras de reparación de la vivienda.

Acceda al fallo completo, clickeando aquí