Derecho a un subsidio habitacional por violencia de género

En esta sentencia se establece que ante una situación grave de violencia de género sobre la mujer y que repercute en todo el grupo familiar (tanto ella como dos de sus hijos padecen diversas patologías) el GCBA deberá garantizar el acceso a una vivienda digna, dejando específicamente aclarado QUE NO PODRÁ TRATARSE DE UN HOTEL O PARADOR.

La mujer ha realizado diversas acciones contra su ex pareja las que han resultado en diversas medidas de prohibición de acercamiento respecto de éste y su familia para con la actora, sus hijos e hijas y los padres de ésta. Es víctima de violencia estructural desde hace 26 años lo que le impidió seguir estudiando, dado que debió salir a trabajar para permitir que su ex pareja estudiase y se recibiera de médico. Ella es visitadora médica, pero actualmente padece Lupus Eritematoso y otras enfermedades autoinmunes que le imposibilitan a conseguir un empleo.

Hasta el momento percibe subsidios de dos programas por aproximadamente $11.000 los que no son suficientes para costear los gastos. Cuando aún se mantenía la convivencia el alquiler era costeado en partes iguales por los cónyuges, pero producida la orden de abandonar el hogar en contra del violento, la situación económico del hogar empeoró y se encuentra en una situación precaria de desalojo inminente.

Alega que la mujer ha recurrido al GCBA solicitando ayuda y aún no ha logrado respuesta alguna de parte del Poder Ejecutivo local.

Fallo completo: